Nueva normativa para el etiquetaje de los alimentos.

El pasado mes de noviembre se modificó la normativa europea sobre etiquetado de productos alimentarios vigente des de el año 2011. La finalidad de éste cambio ha sido la de unificar la ley que rige a la UE y la de facilitar una información más adaptada y específica al consumidor.

En el llamado Reglamento (UE) no 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo encontramos pequeñas modificaciones a la hora de etiquetar alimentos que iremos observando cada vez más a menudo en nuestro día a día.

De aquí en adelante encontraremos:

  • La letra de las etiquetas será, obligatoriamente, de mayor tamaño que la actual, para así facilitar la lectura.
  • Si el producto ha sido congelado durante su producción, deberá indicarse en la etiqueta con la frase “congelado en” acompañado con una fecha para que el consumidor sepa que no lo puede volver a congelar.
  • Se eliminará la denominación de sodio y solo podremos indicar este ingrediente con el nombre de sal.
  • Las etiquetas incluirán la cantidad diaria recomendada en su tabla nutricional. P.ej: si un producto nos indica que contiene 100 mg de calcio, al lado nos ha de indicar que la IDR es de 1000 – 1500 mg/día.
  • Se indicará el origen de las grasas que contiene el alimento (coco, palma, oliva,  grasa de cerdo, etc), y no solo si son de origen animal o vegetal.
  • Los alérgenos se tendrán que identificar claramente en la etiqueta y tendrán que ir escritos con una tipografía diferente.
  • También será obligatorio facilitar la información nutricional a través de los portales de venta de internet.

El reglamento informa que no es necesario eliminar todos los productos que ya se estén comercializando con el antiguo formato de etiquetaje, hecho que han agradecido las empresas del sector. Los nuevos cambios serán obligatorios a partir de diciembre de 2016.

http://www.boe.es/doue/2011/304/L00018-00063.pdf